Una médica especialista en Medicina Interna ha perdido su batalla judicial contra el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha después de reclamar más de 27.000 euros por las guardias que dejó de percibir mientras estaba de baja por embarazo y disfrutando del permiso de maternidad.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, dictó sentencia el pasado 1 de septiembre y confirmó la desestimación de la demanda presentada por la facultativa, que trabajaba como personal estatutario interino.
La profesional inició una incapacidad temporal en mayo de 2021 y, a continuación, disfrutó del permiso de maternidad desde septiembre hasta diciembre de ese mismo año. Durante todo ese periodo dejó de cobrar el complemento de Atención Continuada, concepto ligado a la realización de guardias médicas.
Para cuantificar lo que consideraba que le correspondía, la médica tomó como referencia los meses previos a su baja y calculó una media mensual de 3.403,84 euros, lo que sumaba un total de 27.230,72 euros. La profesional argumentaba además que no abonarle esas cantidades vulneraba el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
Sin embargo, el tribunal no entró a debatir si el cálculo era correcto o no. La clave de la sentencia estuvo en otra cuestión: el plazo para reclamar.
El TSJ consideró que estas cantidades tienen la naturaleza de mejora voluntaria de la Seguridad Social, lo que obliga a aplicar el artículo 53 de la Ley General de la Seguridad Social. Esa norma establece una limitación que restringe los efectos económicos de cualquier reclamación a los tres meses anteriores a la fecha en que se presenta la solicitud.
La médica no formuló su primera reclamación ante el SESCAM hasta el 1 de marzo de 2022, cuando ya había transcurrido ese margen temporal respecto al periodo que pretendía reclamar. Eso fue suficiente para que la Sala rechazara el recurso.
El propio tribunal reconoció haber resuelto ya otros casos similares con el mismo criterio, lo que apunta a que no se trata de una situación aislada entre los profesionales sanitarios de la región.
La resolución no es definitiva. La médica todavía puede interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante la propia Sala de lo Social del TSJ de Castilla-La Mancha, aunque dispone de tan solo diez días desde la notificación para prepararlo.
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