La justicia castellanoleonesa ha dado un giro al caso al revocar parcialmente la absolución que dictó en su momento la Audiencia Provincial de Burgos. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a cuatro acusados por su implicación en la explotación lucrativa de la prostitución y por haber favorecido la inmigración ilegal de diez mujeres colombianas que fueron trasladadas a la capital burgalesa para ejercer esa actividad.

El tribunal ha reconocido además el daño moral sufrido por las afectadas y ha fijado una indemnización de 20.000 euros para cada una de las diez mujeres.
Según quedó probado en el proceso, las mujeres llegaron desde Colombia con el propósito de ejercer la prostitución y asumieron deudas por los gastos de viaje, alojamiento y manutención. Una vez en Burgos, residieron en dos pisos gestionados por los condenados, donde debían mantenerse disponibles de forma prácticamente permanente para atender a los clientes, tanto en las propias viviendas como en desplazamientos a otros puntos cuando así se les requería.
La Sala concluyó que los acusados obtuvieron beneficio económico directo de esa actividad y se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad económica y administrativa en la que se encontraban las mujeres, imponiéndoles condiciones de trabajo calificadas como gravosas, desproporcionadas y abusivas.
Los dos principales responsables fueron condenados como autores de un delito continuado de favorecimiento de la inmigración ilegal, en concurso con varios delitos de prostitución lucrativa. Otros dos acusados lo fueron como cómplices de estos últimos delitos. Un quinto imputado quedó absuelto por falta de pruebas suficientes.
El tribunal mantuvo, sin embargo, la absolución por los delitos de trata de seres humanos, organización criminal y blanqueo de capitales, al no quedar acreditado que las mujeres fueran captadas mediante engaño, amenazas o coacciones. También confirmó la condena de uno de los principales acusados por un delito contra la salud pública relacionado con la posesión y distribución de estupefacientes.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, por lo que el caso podría tener aún un nuevo capítulo en la máxima instancia judicial del país.
