La jueza rechaza por segunda vez reclamar los mensajes de la delegada del Gobierno durante las horas más críticas de la dana

La magistrada que instruye el caso por la gestión de la dana en Catarroja ha vuelto a negarse a solicitar a la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, que aporte de forma voluntaria sus registros de llamadas y comunicaciones del 29 de octubre de 2024, la jornada en que las riadas arrasaron decenas de municipios valencianos.

La jueza rechaza por segunda vez reclamar los mensajes de la delegada del Gobierno durante las horas más críticas de la dana

La decisión queda recogida en un auto dado a conocer este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. En él, la jueza desestima los recursos presentados por los dos únicos investigados en esta causa: la exconsellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómico Emilio Argüeso.

Ambos habían recurrido un auto anterior, fechado el 22 de julio, en el que ya se denegó esa misma petición respecto a Bernabé, aunque sí se acordó solicitar la aportación voluntaria de las comunicaciones del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo.

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La jueza recuerda que ni Bernabé ni el responsable de la CHJ son partes en el procedimiento, sino testigos, por lo que no puede obligarse a ninguno de los dos a entregar sus mensajes. Añade que cuando Bernabé declaró como testigo en abril de 2025 ya alegó que el teléfono móvil en el que constaban esas llamadas era de uso personal, lo que impide reiterar el ofrecimiento.

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Respecto al recurso de Salomé Pradas, la magistrada considera que la petición no va acompañada de ninguna prueba concreta ni justificación suficiente. Señala que apelar de forma genérica al conocimiento de la información que circulaba entre administraciones durante las horas críticas de la tragedia «es absolutamente insuficiente» para volver a requerir las comunicaciones a la delegada.

En cuanto al recurso de Argüeso, este sostenía que Bernabé habría utilizado su registro de llamadas de manera selectiva para perjudicar a los investigados. La jueza rechaza también este argumento, indicando que tal afirmación difícilmente puede sostenerse si la testigo nunca llegó a aportar ese listado. «No se aporta ningún indicio, ninguna referencia a comunicación alguna cuya veracidad se ponga en cuestión», concluye el auto.

La jueza deja así claro que la responsabilidad en la gestión del plan de emergencia recayó sobre quienes lo dirigieron, en referencia directa a los dos investigados, y rechaza lo que considera un intento de desviar el foco hacia otras instituciones.

La causa sigue su curso con Pradas y Argüeso como únicos encausados por la gestión de aquella catástrofe que dejó más de doscientas víctimas mortales en la provincia de Valencia.