La Audiencia de Valencia absuelve al técnico municipal que autorizó el hinchable mortal de Mislata

La Audiencia de Valencia ha ratificado que el ingeniero técnico del Ayuntamiento de Mislata no tiene responsabilidad penal en la tragedia que acabó con la vida de dos niñas de 4 y 8 años el 4 de enero de 2022, cuando un castillo hinchable instalado en la plaza de la Llibertat salió despedido por una fuerte racha de viento durante la feria de Navidad.

La Audiencia de Valencia absuelve al técnico municipal que autorizó el hinchable mortal de Mislata

El tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por los padres de Vera, la menor de 4 años, que impugnaban la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 de Mislata de archivar las actuaciones contra dicho funcionario.

Las familias argumentaban que no se había presentado la declaración responsable para la feria navideña, que faltaba el informe de un Organismo de Certificación Administrativa y que el expediente tramitado correspondía a la feria de verano en una ubicación diferente.

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La Audiencia reconoce que existían contradicciones en la normativa autonómica, pero respalda la actuación del técnico apoyándose en una respuesta oficial que la propia administración regional remitió al consistorio en 2019. En ese escrito se indicaba que una instalación como el hinchable podía funcionar desde el momento de presentar la declaración responsable, sin que fuera obligatorio aportar un certificado de organismo certificador, y que la inspección era facultad del ayuntamiento, no una obligación.

Para el tribunal, queda claro que el municipio no estaba obligado a inspeccionar la actividad si se había presentado la documentación legalmente exigida. Y en este caso, aunque la documentación aportada por los responsables de la feria era, en palabras de la propia Audiencia, mejorable e incluso confusa, sí reflejaba de forma explícita la voluntad de ocupar el espacio público e iniciar la actividad, junto con los documentos requeridos para cada atracción.

El fallo concluye que no puede exigirse responsabilidad penal a un funcionario que actúa conforme a instrucciones que le son de obligado cumplimiento y que no resultan manifiestamente ilegales. El técnico, subraya el tribunal, solo tenía la obligación de revisar y comprobar la documentación presentada, y de ella no se podía extraer ningún fallo evidente en las condiciones de seguridad de la instalación.

La resolución deja abierta la causa contra otros investigados y supone un nuevo golpe para las familias de las víctimas, que llevan más de cuatro años buscando responsables penales por la muerte de sus hijas.