Un detective le pilla pedaleando 45 kilómetros de baja por el codo: el despido es firme

Un trabajador vizcaíno que se encontraba en situación de incapacidad temporal por epicondilitis, la conocida como enfermedad del codo de tenista, ha visto confirmado su despido disciplinario tras ser grabado por un detective mientras practicaba ciclismo de montaña durante horas en plena fase álgida de su dolencia.

Un detective le pilla pedaleando 45 kilómetros de baja por el codo: el despido es firme

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ratificado la decisión de la empresa al considerar que el empleado transgredió la buena fe contractual al realizar una actividad deportiva que comprometía directamente su recuperación.

Los hechos se remontan a la primavera de 2025, cuando el trabajador comunicó a su encargado que llevaba casi dos meses aguantando molestias en el brazo y que la situación se estaba agravando. Tras recibir rehabilitación en una clínica privada, inició la baja laboral el 19 de mayo de ese año por epicondilitis en el codo derecho, con una duración estimada inicialmente de 120 días que luego se amplió a 365.

Fue en julio cuando corrieron rumores por la empresa de que el empleado solía montar en bicicleta durante su baja. La dirección decidió contratar a un detective privado para verificar los hechos. El investigador constató que los días 27 de julio y 10 y 17 de agosto, el trabajador recorría en bicicleta de montaña la vía verde que une Sestao y Galdames, con un trayecto de ida y vuelta de 45 kilómetros, llegando incluso a subir el Puerto de Serantes.

Noticias de Vitoria en tu WhatsAppGratis, sin registros y sin que nadie vea tu número.
Unirme al canal

La empresa abrió expediente disciplinario en noviembre de 2025 y procedió al despido en septiembre de ese año tras escuchar las alegaciones del trabajador, quien argumentó en su defensa que ningún médico le había prohibido expresamente montar en bicicleta.

El tribunal no aceptó ese argumento. Señaló que no es necesario que cada actividad esté expresamente contraindicada de forma individual, ya que la lista sería interminable, sino que basta con aplicar la lógica para entender que el ciclismo de montaña resulta perjudicial durante la fase activa dolorosa de esta lesión.

Un informe de la Clínica Forense, encargado por el juez de instancia, resultó determinante. En él se indica que las actividades con alta demanda sobre las extremidades superiores, como el ciclismo de montaña, están contraindicadas durante la fase activa dolorosa porque pueden agravar los síntomas y retrasar la recuperación.

Con esta resolución, la justicia vasca cierra un caso que recuerda que las bajas laborales conllevan obligaciones, y que una excursión en bicicleta puede acabar costando mucho más que el esfuerzo físico del pedaleo.