Un puente peatonal de madera construido en Acebedo sobre el río Amea, afluente del Esla, lleva tiempo siendo un obstáculo insalvable para personas con movilidad reducida. La estructura, que da acceso al área recreativa de Las Eras y marca el inicio de la quinta etapa del Sendero de Gran Recorrido GR 1 hacia el Puerto de Tarna, fue levantada con tres peldaños de piedra en cada extremo y carece de rampas, pasamanos, bandas de contraste y pavimento táctil.

La situación ha llegado al Procurador del Común tras la queja presentada por un ciudadano que denunció la imposibilidad de transitar por ese punto del recorrido en silla de ruedas o con dificultades de movilidad.
El Ayuntamiento de Acebedo se defendió alegando que las rampas facilitarían el paso del ganado que pastorea en la zona y deterioraría la pasarela, y que el desnivel y las fuertes heladas aumentan el riesgo de caídas. El consistorio también señaló que existen tres alternativas para llegar al área recreativa: la carretera de La Uña, un paseo de hormigón junto al ayuntamiento y cruzar el cauce del río directamente a pie.
El Procurador del Común, Tomás Quintana López, ha rechazado de forma contundente estos argumentos. En su resolución subraya que ni el ganado ni las heladas son excepciones legales que justifiquen excluir a personas con discapacidad de un itinerario público. Esos problemas, señala, deben resolverse con soluciones técnicas como pavimento antideslizante, pasamanos o cierres ganaderos.
Las alternativas propuestas por el municipio tampoco han convencido al Procurador. Cruzar el río depende de que esté seco o con poco caudal, lo que no garantiza un trayecto seguro. La carretera no fue evaluada como itinerario peatonal. Y la ruta hormigonada resulta notablemente más larga, lo que supone un trato discriminatorio para quienes no pueden usar la pasarela.
La resolución recuerda que la obra incumple la normativa estatal que prohíbe que los itinerarios peatonales tengan como única solución escaleras sin rampa, y que la accesibilidad universal es una obligación recogida en la ley, no una mejora opcional.
El Ayuntamiento tiene ahora un plazo de dos meses para realizar una revisión técnica integral de la pasarela y las alternativas, y ejecutar una solución permanente que incluya rampas accesibles y pasamanos continuos a ambos lados. Si existiera una imposibilidad técnica real, deberá acreditarlo documentalmente.
Acebedo tendrá que demostrar con hechos que ningún vecino queda al margen del camino.
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