Un hombre llamó a su clínica días después de una intervención ocular porque seguía sin ver. Nadie adelantó su cita. Un mes después, le diagnosticaron un desprendimiento de retina que le obligaría a pasar por quirófano cinco veces. La Audiencia Provincial de Málaga acaba de condenar a la aseguradora del médico responsable a indemnizar con 41.622,75 euros a los herederos del paciente, fallecido durante el largo proceso judicial.

Todo comenzó el 12 de septiembre de 2013, cuando el hombre fue sometido a una capsulotomía en el ojo izquierdo, una técnica con láser considerada sencilla y que, según explicaron los propios especialistas en el juicio, debía devolverle la visión en uno o dos días. Sin embargo, los días pasaron y el paciente continuaba sin ver.
Preocupado, llamó a la clínica para comunicar lo que estaba ocurriendo. La revisión programada, fijada para el 16 de octubre, no se adelantó. Cuando por fin fue atendido, más de un mes después de la operación, el diagnóstico fue grave: desprendimiento de retina inferior con afectación macular.
A partir de ese momento comenzó un calvario quirúrgico. Cuatro intervenciones en Málaga entre octubre de 2013 y julio de 2014, un nuevo desprendimiento posterior y finalmente un traslado a Barcelona para continuar el tratamiento. En noviembre de 2014 tuvo que extraérsele la lente intraocular del ojo izquierdo por hipertensión ocular.
El caso llegó a los tribunales, pero la primera sentencia rechazó la reclamación al no considerar probada la llamada telefónica del paciente. La Audiencia Provincial ha rectificado ese criterio. Los magistrados han valorado los testimonios del hermano y la esposa del afectado, que acompañaron al paciente y declararon que sí se realizó esa comunicación. También han tenido en cuenta que el propio médico anotó en el informe de la revisión que el paciente «no llegó a mejorar tras la capsulotomía», lo que coincide plenamente con lo relatado por la familia.
El tribunal considera «poco razonable» exigir a alguien que conserve durante años la factura de una llamada hecha en un momento de angustia. Y censura que la clínica mantuviera «de forma aventurada» la cita inicial pese a conocer que el paciente no había recuperado la visión.
La demora, concluyen los jueces, permitió que se desarrollara una complicación grave que agravó las consecuencias del desprendimiento y dificultó notablemente cualquier recuperación posterior.
La indemnización reconocida cubre días de hospitalización, meses de incapacidad temporal, secuelas, perjuicio estético y gastos médicos, incluyendo desplazamientos y estancias en Barcelona. El paciente no llegó a ver reconocida esta resolución en vida.



