Un agente de la Policía Local de Santander tendrá que sentarse ante un tribunal acusado de acceder de forma ilegal al sistema de protección de víctimas de violencia de género para favorecer a un traficante de droga con el que mantenía una relación personal.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado el auto de procesamiento contra el agente, rechazando así el recurso que el propio policía había presentado para intentar que la causa fuera archivada. El caso se destapó en abril de 2024, durante una investigación policial contra el narcotráfico conocida como Operación Límite.
El agente estaba destinado en la Oficina de Protección de Víctimas y tenía acceso al sistema VioGén, la plataforma estatal de seguimiento integral de víctimas de violencia de género. Según recoge la investigación judicial, el policía aprovechó ese acceso para consultar hasta en nueve ocasiones, a lo largo de seis días distintos entre agosto y noviembre de 2023, los datos de una mujer que era pareja del cabecilla de una banda de narcotraficantes. Ese hombre era, además, su arrendador.
El objetivo, según determinó el juez instructor, era conocer el nivel de riesgo que el sistema asignaba a la víctima, que estaba catalogado como medio, para después presionar a un agente de la Policía Nacional, encargado real de su protección, con el fin de que rebajara esa valoración a bajo. El policía nacional acabó modificando la clasificación, aunque el juez señaló que lo hizo por iniciativa propia.
La defensa del acusado argumentó que el acceso al sistema no era indebido, dado que existía un expediente abierto en la Policía Local desde agosto de 2023 a raíz de una denuncia presentada por el propio traficante contra la mujer. También alegó que el mero acceso a los datos no constituye delito y que debería haberse producido algún perjuicio demostrable para la víctima.
El magistrado rechazó estos argumentos de forma contundente. Subrayó que la protección de la víctima correspondía exclusivamente a la Policía Nacional y que el investigado no tenía ninguna razón legítima para consultar su expediente. Su actuación, además, no guardaba relación con las funciones que le habían sido encomendadas.
El policía se enfrenta a una pena de hasta cinco años de prisión por un presunto delito contra la intimidad. El caso pone de relieve los riesgos que supone un uso indebido de herramientas diseñadas precisamente para proteger a las personas más vulnerables.



