Los madrileños que pasean a sus mascotas deben conocer bien la normativa municipal si quieren evitar sanciones económicas. La ciudad tiene regulado con precisión cuándo y dónde pueden moverse los perros en libertad dentro de sus parques y jardines públicos.

Según la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales del Ayuntamiento de Madrid, los perros solo pueden permanecer sueltos en parques y jardines en franjas horarias concretas. En horario de invierno, el margen permitido va desde las 19:00 hasta las 10:00 horas del día siguiente. En verano, la franja se retrasa una hora: de las 20:00 a las 10:00 horas.
Fuera de esos tramos, el animal deberá ir siempre con correa. Y aunque esté dentro del horario permitido, no vale cualquier rincón del parque. Quedan excluidas las zonas infantiles, las áreas de mayores y cualquier espacio donde haya una prohibición expresa. Tampoco pueden bañarse en fuentes ornamentales ni beber directamente de grifos de uso público.
A estos espacios se suman las áreas caninas habilitadas en los 21 distritos de la capital, donde los perros pueden estar sin correa en todo momento.
Eso sí, soltar al perro no significa desatender su comportamiento. La normativa obliga al dueño o acompañante a mantener al animal siempre a la vista y a una distancia que permita intervenir si es necesario. Está prohibido incitar al perro a atacar a personas, otros animales o bienes, así como cualquier exhibición de agresividad.
Hay además tres espacios de especial protección donde directamente no se permite el acceso con mascotas: el jardín histórico de El Capricho de la Alameda de Osuna, la Quinta de Torre Arias y los Jardines de Sabatini.
Los perros calificados como potencialmente peligrosos tienen reglas aún más estrictas: deben llevar correa y bozal en todo momento cuando estén en espacios públicos, sin excepción de horario.
En cuanto a las consecuencias de no cumplir estas normas, la ordenanza considera infracción leve dejar al perro suelto fuera de las zonas o los horarios permitidos, con multas de entre 150 y 300 euros. Si se trata de un perro potencialmente peligroso sin bozal ni correa, la infracción es grave y la sanción puede alcanzar los 2.400 euros.
Conocer estas normas con detalle es la mejor forma de disfrutar del paseo sin sobresaltos y de convivir con respeto en los espacios comunes de la ciudad.
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