La Audiencia de Cantabria absuelve a un joven acusado de agresión sexual tras detectar contradicciones en el testimonio de la denunciante

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado sentencia absolutoria para un joven que fue llevado a juicio por supuestamente haber mantenido relaciones sexuales no consentidas con una menor de edad. El tribunal concluye que el encuentro fue voluntario por ambas partes y que no existe prueba suficiente para condenarle.

La Audiencia de Cantabria absuelve a un joven acusado de agresión sexual tras detectar contradicciones en el testimonio de la

El fallo judicial señala que, en el momento de los hechos, existía entre los dos jóvenes una «evidente proximidad por edad y grado de desarrollo o madurez», circunstancia que el tribunal tuvo en cuenta a la hora de valorar el conjunto del caso.

El punto central de la absolución reside en la falta de prueba incriminatoria. Según recoge la sentencia, no se practicó durante el juicio ninguna prueba con «aptitud suficiente para destruir la presunción de inocencia» del acusado.

La sala también pone el foco en las declaraciones de la denunciante, a quien reprocha haber incurrido en «incontables contradicciones» a lo largo de sus diferentes testimonios. El tribunal advierte además de la existencia de importantes «lagunas» en su relato, precisamente en los aspectos más sustanciales de los hechos.

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Uno de los elementos que más peso tuvo en la decisión fue la evolución del relato de la joven con el paso del tiempo. La sentencia indica que su versión «se contradice en los diferentes momentos en que lo explica» y que, de manera progresiva, fue incorporando detalles y circunstancias que nunca había mencionado con anterioridad, agravando su versión hasta el día del juicio oral.

Los testimonios de varios testigos, amigos a quienes la propia denunciante contó lo sucedido en un primer momento, tampoco coincidieron con la versión presentada en el juicio. Ninguno de ellos refirió que la joven les hubiera hablado de uso de fuerza, de sentirse incómoda o de haber querido marcharse del lugar.

Con todo ello, la Audiencia concluye que las pruebas apuntan a que «ambas partes estaban de acuerdo en el encuentro que tuvo lugar y que fue consentido», lo que llevó al tribunal a dictar la absolución del acusado.

La sentencia pone de manifiesto, una vez más, la complejidad de este tipo de procedimientos y la importancia que los tribunales otorgan a la coherencia y solidez de los testimonios a la hora de resolver casos de esta naturaleza.